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viernes, 5 de febrero de 2010

Los préstamos cualificados y/o conveniados, que vienen a ser lo mismo no tienen nada que ver con el euribor,bueno un poco si. Como norma general y hasta la publicación del RD 2066/08 de 24 de diciembre el tipo de interés aplicable a los mismos era el resultado de unas compejas fórmulas que anual o bianualmente bendecía el Consejo de Ministros. Tras el 2066 se estabelce un abanico de diferencial que relaciona, por fin, el tipo de interés aplicado a las hipotecas de la VPO con el tan odiado y temido Euribor. Eso no significa que si ud. tiene un préstamo cualificado anterior a ese decreto se le pase a plaicar la nueva formul, ud. sigue como hasta ahora.

3 comentarios:

  1. Jose A. Cosentino (Salamanca)20 de marzo de 2010, 0:24

    POdrían explicarme alguno de los blogeros porqué el director de mi Banco me dice que debo devolver las ayudas que recibí del Decreto 1186 para amortizar anticipadamente la hipoteca que ahora cumple 12 años.... Gracias.... Hablamos de la Sucursal de Caja DUero en la antigua C/ Rosales.

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  2. Jose A. Saenz de Heredia Martínez26 de abril de 2010, 18:11

    Me gustarái conocer como habeis impedido que impresentables como el SR. KIno sejen de paarecer por aquí, seguro que estaba en la sede de falange pensando como procesar otra vez a garzón antes de que ordene fusilar a los muertos fachas que no pudieron ser fusilados en vida.

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  3. Sebatian Malaver Hosteig2 de mayo de 2010, 9:28

    Hola buenos días, soy funcioanrio de la Generalitat Valenciana del Servei de L'Habitage en Valencia. ¿POdemos enlazar su página a la nuestra?, nos pacere encomiable el trabajo que s etoman ,a pesar de los problemas. Gracias

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